Universidad Omega Nª 131
Semanario Universidad, Agosto
2022.
El periódico La Nación S.A. dedicó el miércoles 7 de septiembre de este año 2022 un buen número de páginas y el comentario editorial a la resolución de la Corte Interamericana que condenó al Estado costarricense por violar la libertad de expresión (titular de la página 3). Su portada se abría con el mismo mensaje: “Corte Interamericana condena al Estado por violar libre expresión” (todo en letras destacadas y seguidas de encuadrados que añadían referencias al título: “Fallo valida 6 principios en favor del periodismo”. “Una sentencia histórica para todo el hemisferio”. “Gobierno se compromete a cumplir resolución” a los que precedían otros recuadros, sin el énfasis de los ya citados: “Sentencia sin efecto (Condena por indemnizar por noticia publicada en 2007 debe anularse. “Critica a normas penales. Sanción tuvo efecto inhibitorio para el periodismo, advierte fallo”. ‘Sería acto de censura’. “Estado no debe imponer a medios el uso de fuentes determinadas”). En sus páginas interiores el periódico dedica 5 páginas a exaltar el fallo. Y, por supuesto, el Comentario Editorial. El hecho que motivó la resolución de la Corte Interamericana ocurrió en el 2005 y, en el 2007, quien se sintió lesionado ganó parcialmente una querella judicial en Costa Rica por una información que sintió le perjudicaba. En este caso específico la corte local costarricense absolvió de toda pena y responsabilidad judicial a los periodistas que firmaban la noticia, pero los condenó también al pago de una acción civil resarcitoria de 5 millones de colones. Uno de los abogados que presentó la querella ante la Corte Interamericana comentó así el fallo de esta última corte: “La Corte aprecia, y esto es muy importante, que ni Mora ni Parrales tuvieron intención alguna de producir un daño a las personas afectadas con esta noticia, en concreto el oficial policial, sino que estaban reportando el asunto de interés público, como es una denuncia de presunto contrabando y que sí hubo algún error que se cometió, pero en las fuentes oficiales que ellos usaron // Al no haber dolo, al no haber intención de producir un daño, cosa que incluso reconocieron los tribunales de Costa Rica, la Corte Interamericana considera que no hay necesidad de aplicar una sanción penal, que no hay necesidad porque no es proporcional y no es idóneo este tipo de medida y esto es muy importante porque pone en manos de los funcionarios públicos demandantes civilmente la carga de probar que, con la publicación de la noticia hubo algún error y que se hizo con la intención de producir un daño”. En sencillo, los periodistas no investigaron a fondo los hechos, produjeron su información quizás apremiados por la hora, el responsable interno del periódico autorizó su publicación tal como le llegó, el afectado se querelló judicialmente contra la información y parte de sus autores y la corte local los absolvió de responsabilidad penal (redactaron su noticia sin deseo de dañar y el responsable de publicarla la tramitó sin averiguación alguna), pero los condenó a una multa. Los periodistas que redactaron la noticia (puede escribirse también “noticia”) ya no trabajan para el periódico y todos contentos… solo que quien fue perjudicado en su imagen no logra restablecerla y el empresarial y político periodismo ‘libre’ gana puntos jurídicos y, de paso, quizás garantiza cierto tipo de “periodismo” irresponsable (porque no se informa bien) y potencialmente daña a las personas eventualmente honestas quienes acentúan su indefensión ante los medios masivos.
O sea, aunque no se tenga la intención, se falla a favor de periodistas que no cumplen bien su obligación de informarse y de otros que incorporan la ‘noticia’ al medio masivo sin cuestionamiento alguno. Los afectados por el procedimiento son los lectores que leen o escuchan el medio (o los medios) y creen lo escrito o escuchado y, desde luego, los directamente mencionados en los hechos inadecuadamente descritos. Si el medio es, además, el más legitimado del país, la noticia infundada o no fundada del todo, tiene el potencial para acentuar estereotipos radicándolos en sensibilidades poco exigentes (ya que lo que aparece en los medios masivos de mayor circulación, y especialmente, en los de letra impresa, se juzga verdadero). En realidad, no se juzga aquí solamente un caso, sino las determinaciones que concurren en los medios masivos tanto cuando informan (noticias) como cuando juzgan (línea editorial).
Obviamente la línea editorial puede permear (con conciencia o con conciencia débil) las noticias y mal informar. Esto es muy evidente en telenoticiarios que informan sobre la agresión de Rusia a Ucrania. Hay un Bueno Absoluto y un Malo Absoluto. El asunto sería solo pintoresco si no tuviese alcances en relación con un conflicto nuclear, pero deja de ser atractivo también si se considera los alcances de esta guerra en el mayor costo de los productos que los costarricenses consumen. Parte de la guerra la financian los costarricenses que ni siquiera ejército tienen. Esto porque se entienden sector de un Mundo Libre cuya libertad les parece evidente porque los medios periodísticos (entre otros factores) así se lo han planteado desde siempre. Se debía estar al tanto de que los medios masivos pueden ser parte de negocios que quizás resulten suicidas. Es la paradoja respecto a que el mejor de los mundos posible resulte suicida para la especie. Y no se interprete sesgado: en la propuesta de esta paradoja tienen responsabilidades EUA, la Iglesia católica (para los latinoamericanos donde ella es mayoritaria), Rusia, Ucrania, China y la FIFA. Esto por solo citar entes que todos los costarricenses pueden vislumbrar (aunque sin reconocer del todo).
Retornando al asunto que inicia este artículo, la Corte Interamericana resuelve, en término de DsHs, un asunto que data del 2007. 15 años atrás. Ágil no es. Habría que dotarla de prontitud. Y también los medios deberían aclarar si sirven a los ciudadanos o a sus propietarios (empresarios). Porque no es problema que los medios tengan dueños. Pero su información (incluso la editorial) debería resultar útil a los ciudadanos y no a los buenos o malos negocios o entendimientos de sus propietarios. Difícil de lograr. Pero lo peor es que suene no factible de conseguir. Una Corte como la Interamericana de DsHs podría reflexionar al respecto y decir algo. Ayudaría incluso a quienes no desean ser noticia nunca. En el grupo por desgracia caben los delincuentes. Pero también las personas decentes. A ellas es a quienes resulta útil y enriquecedor un periodismo profesional. Ya sé que pido demasiado.
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