Filosofía y derechos humanos

DERECHOS HUMANOS, REALIDAD E IRREALIDAD

1.- El giro del habla “derechos humanos” resulta peculiar. Esto porque solo los individuos humanos tienen derechos (reclamables en tribunales) por ser sociales (relacionales). También pueden portarlos sus agrupaciones. Los derechos de los animales existen solo si tienen dueños o existe un acuerdo humano (protección estatal) para concedérselos. Igual los de la Naturaleza. Violarlos puede significar una acción judicial realizada por seres humanos contra otros seres humanos. Un bosque no realiza acción judicial alguna si lo queman. Nadie lleva a los tribunales a un maremoto o a una tormenta por severos que sean los daños y muertes causadas por ellos. En otro ángulo, si existiese un solo individuo sus acciones, cualesquiera que fuesen, serían (grotescamente) norma jurídica. Como no es factible tal soledad cuando se trata de individuos humanos porque que ellos existen mediante relacionamientos determinados por instituciones y sus lógicas, entonces aparecen nítidamente ‘derechos’. Un semáforo con sus luces es una señal de la institucionalidad inherente al tránsito ‘bien ordenado’ de personas y vehículos. Su luz verde indica “pase”. La roja ordena “deténgase” o “espere”. El semáforo solo habla y tiene poder en relación con peatones y conductores. Si atraviesa un gato sin dueño y es atropellado, no debería pasar nada, excepto el trabajo de limpieza. No es que el gato no tenga derechos. Es que el semáforo no existe para él. Existe para seres humanos: la luz verde concede el derecho de pasar. La luz roja ordena detenerse. Si no hace caso, esa persona puede terminar o en la morgue o en los circuitos judiciales. Luego, todos los derechos remiten a personas y sus relacionamientos. “Derechos Humanos” resultan por ello un nombre propio. Intenta ser genérico. Constituyen un tipo especial de derechos. Vimos que para la corriente de pensamiento jurídico llamada garantismo se trata de derechos que no se puede comprar ni vender o alquilar. Son portados por todos los individuos de la especie (universales) considerados como personas (haces de relaciones), ciudadanos (amparados por un  Estado o el Derecho Internacional) o sujetos (libres, proactivos y responsables). Derechos humanos no se pueden derogar jurídicamente (aunque sí  algunos pueden suspenderse temporalmente) ni tampoco violar o ignorar sin exponerse a una acción legal. Como todo derecho han de ser respetados por toda la población. Esto, obviamente, hace que se los viole frecuentemente y que por ello sufran una trivialización, especialmente si aquellos a quienes se violan derechos carecen de formas específicas de poder o son del todo impotentes. De aquí que el lugar epistémico-político-cultural de derechos humanos resulten ser los producidos como “vulnerables”.

2.- El antónimo de “vulnerable” es quien posee suficiente poder o fuerza (resistencia) para ser inmune o sea “invulnerable”. Así se presenta otra aparente paradoja: el vulnerable obtiene su fuerza, o algo de ella, de derechos humanos. En el límite, derechos humanos los tornarían invulnerables. Pobreza y miseria generan vulnerabilidad. La pobreza suele asociarse con marginalidad, empleo precario o inexistente, la calle como vivienda. Pero también son vulnerables los niños y niñas, los indígenas, las mujeres, los ancianos. La vulnerabilidad es una condición o situación socialmente producida. Una guerra (en ellas dominan los militares y sus armas) genera vulnerabilidades que no existen en tiempos de paz. Una crisis fiscal puede asimismo fortalecer vulnerabilidades y crear otras. Si los producidos como vulnerables constituyen el lugar epistémico-político-cultural de derechos humanos una sociedad que los respete no debería tener la capacidad de producir vulnerables. En una sociedad así nadie ni nada tendría un poder unilateral irresistible (o absoluto). Los poderes absolutos generan vulnerabilidades, a veces extremas. Si vulnerable se asocia con impotencia, se podría uno preguntar quién o qué alcanza poder en una crisis fiscal y quién o qué lo pierde. Lo mismo podría preguntarse para una situación de guerra.

2.1.- Ante seres divinos los seres humanos carecen de derechos humanos. El ser divino o sagrado carece de límites para sus deseos y por ello los limitados seres humanos están potencialmente siempre en deuda con ellos. Un derecho humano se seguiría de la bondad o indiferencia de la divinidad. Derechos humanos se abrirían así a un alto grado de incertidumbre. También a veces, más frecuentes e lo que se quisiera, las instituciones humanas adquieren capacidades de dioses y se ponen, como los dioses verdaderos, por encima de los simples mortales o al menos de algunos de ellos. Una sociedad de derechos humanos demanda dioses comprensivos y amistosos y también instituciones flexibles y autocríticas, transformables. Habría que recordar asimismo que el o los poderes pueden utilizarse para agredir y dividir (la violencia siempre genera desagregaciones) o para asistir-ayudar-solidarizar. Se podría desear que en las sociedades los distintos poderes siempre tuviesen esos caracteres. Potenciaría una cultura de derechos humanos. En ella, quien agrediera y rebajara sería castigado. Si hubiese creado instituciones resultarían prohibidas. En el otro frente quien asistiera-ayudara-solidarizara-reconociera resultaría exaltado. Si en todo el planeta se cultivara esa cultura de derechos humanos quizás podrían esperarse mejores y permanentes tiempos para todos.

3.- ¿Cómo sería un aula universitaria sin poderes sistémicos unilaterales? En apariencia, sería un aula donde se respetarían derechos humanos. Si no existen tales aulas hoy, en todas ellas se violarían derechos humanos. En cualquier caso no es aquí un tema que obligadamente se deba desarrollar. Queda como inquietud.
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