Universidad, N° 1849,

mayo del 2010.

 

    Nunca debió ocurrir que un presunto extorsionador evadiera una celada policial-judicial, superara en velocidad (moto incluida) a policías entrenados y buscara refugio en el campus universitario Rodrigo Facio. Lo que nunca debió ocurrir, por desgracia ocurrió. Lo ocurrido fue un fracaso policial y judicial. Impericia y falta de profesionalismo fueron los detonantes de ese fracaso. El procedimiento fue poco o mal pensado y su ejecución se acerca a una combinación de Los Tres Chiflados dirigidos por El Coyote bajo la socarrona mirada del Correcaminos. La operación, y quienes la “planificaron”, debería ser analizada por el OIJ y el Ministerio Público y los responsables del fracaso (actores materiales y sus jefes) deberían ser sancionados. No porque la acción haya fracasado. Eso puede pasar. De hecho acostumbra pasar, sino por los sucesos que el fracaso desencadenó.

   Nunca debió ocurrir que, del fracaso inicial, del cual son enteramente responsables los actores policial-judiciales, sin que pueda encontrarse en él ninguna seña de participación “universitaria”, se siguiera un despropósito mayúsculo como fue el ingreso del contingente judicial-policial, para capturar al presunto extorsionador, violentando la seguridad (establecida para proteger a universitarios que son también ciudadanos) del campus universitario. Lo que tampoco debió ocurrir, por ineptitud y frustración de los responsables del primer fracaso, también ocurrió. ¿No se han dado el OIJ y el Ministerio Público un procedimiento específico para actuar o intervenir en el campus? Si no se lo han dado (aunque existe una tradición de respeto en este punto) deben dárselo, si es posible conversando con la autoridad universitaria. Aquí la responsabilidad no es solo del funcionario, digamos El Coyote, que dirigió el operativo, sino las instituciones (OIJ y Fiscalía) y sus autoridades. Incumplimiento de deberes le llaman.

   Seamos pródigos. ¿No han diseñado acaso OIJ y MP un procedimiento para ingresar en las embajadas, en la de Chile, por ejemplo, cuando se sospecha que en su seno se ha producido un delito? ¿No lo tienen para ingresar a un banco donde presumen se refugia un asaltante armado? ¿O para ingresar, tras un ladrón de bicicletas a las mansiones del Nuncio Papal o de Rodrigo Arias? ¿O a las instalaciones del INCAE? ¿O han entrado y seguirán entrando en estos lugares sin pensar ni planificar o determinar escenarios ni respetar a nadie ni nada, ni siquiera la vida de sus agentes? No pareciera adecuado en un Estado de Derecho. Siempre debe existir un procedimiento para medir las acciones de actores públicos. Permite sentar responsabilidades. Se trate de un éxito o de un fracaso.

   Nunca debió ocurrir que un Fiscal General arremeta, sin haberse procurado información suficiente, contra la institución universitaria burlándose de ella porque desea ser jurídicamente un Vaticano. La atribución es falsa y el comportamiento del alto funcionario fue irreflexivo e impropio de su cargo. Debería ser sancionado por sus superiores. Su frivolidad no debe quedar impune. Nunca debió ocurrir tampoco que la Corte Suprema avalara la acción policial sin haber requerido una investigación de los sucesos. Al menos estos magistrados se retractaron y resolvieron realizar la investigación. Nunca debió ocurrir que el Director del OIJ (cuya exposición en medios televisivos solo es superada por J. Del Vecchio y L. Messi) justificara instantáneamente en todos sus términos la acción de sus hombres (que perpetraron un fracaso rotundo) como si la paliza que le dieron a ciudadanos desarmados y que no saben enfrentar la brutalidad policial y judicial, hubiese sido el objetivo central del operativo (¿Lo fue?). Sabemos que no renunciará, pero es probable que la administración Chinchilla presione para que deje su cargo aunque no por este torpe gesto de “espíritu de cuerpo” mal entendido.

   Ninguna de estas cosas debió pasar. No intentaremos aquí dar referentes básicos de por qué pasaron. Pero sí apuntemos que lo siguiente que no debería pasar es que estas acciones queden impunes. La ciudadanía organizada tendría que encargarse de ello.


 

 

 

VERSIÓN DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL

 

    El semanario Universidad configura sus páginas de opinión con bastante anticipación de modo que el artículo anterior (“Nunca debió ocurrir”) se escribió un día antes que el Director del OIJ, el señor Jorge Rojas Vargas, publicase en La Nación S.A. (25/04/2010) su versión de lo acontecido el doce de abril. Es un artículo alargado cuyo argumento central es que los terrenos universitarios no gozan de extraterritorialidad, como sí la poseen las sedes diplomáticas, y que por ello los agentes judicial-policiales no requieren de ningún requisito no impuesto por ley (como sería una autorización o coordinación con las autoridades universitarias) para ingresar a ellos. Se trata de un argumento semejante al que enunció el Fiscal General cuando afirmó, instantes después del escándalo, que la Universidad de Costa Rica “no era el Vaticano”. Por supuesto, ninguna autoridad universitaria ha reclamado nunca ser “un Vaticano” (en este momento además sería de mal gusto) ni tampoco ha alegado estar protegida por el principio de extraterritorialidad. Lo que ha señalado esta autoridad es que si el operativo policial se hubiese coordinado con la seguridad universitaria (como se ha hecho en ocasiones anteriores), entonces no se habría producido una batalla, con pérdidas para todos, en el interior del campus.


    Sin embargo, pese a que el artículo del señor Rojas dibuja un “muñeco de paja” para poder dar razones, también su lectura ofrece información (sesgada, por supuesto; se trata de una autoridad policial) que resulta interesante. En primer lugar, confirma que el operativo en que participaron investigadores de la Sección Especializada de Tránsito y fiscales del Ministerio Público fracasó (sin que en ello mediara responsabilidad universitaria alguna): “… al momento de proceder a la detención del sospechoso, este (sic) emprende la huida y se introduce en el campus de la Universidad de Costa Rica”. Y añade Rojas: “… de inmediato nuestro oficiales deciden darle seguimiento, considerando que se estaba ante un hecho delictivo en flagrancia y que el investigado se desplazaba dentro del área de acceso público del citado centro de estudios”. Es decir que el operativo inicial fracasó por incompetencia policial o por la astuta velocidad del sospechoso, o por ambos, y que los agentes policiales ignoraron que el “sitio público” al que ingresaban tiene normativas legales de organización interna y que se ha dado esta normativa, de acuerdo a derecho, para que los ciudadanos estudiantes, los ciudadanos profesores y los ciudadanos administrativos realicen sus labores. Se la ha dado, además, porque constitucionalmente posee autonomía para hacerlo.

    Por supuesto el Director del OIJ se brinca el hecho de que agentes policiales y fiscales ingresaron al campus, con violencia desproporcionada para el orden que reina en la UCR, aunque sí proporcionada a su propia frustración e ignorante soberbia. Sin embargo, confiesa que cuando estos agentes irrumpían “… fueron interceptados por agentes de Seguridad de la Universidad de Costa Rica quienes interfirieron en la labor, alegando que el Organismo de Investigación Judicial requería de autorización para ingresar o permanecer en el campus”. Traduzcamos: al violento ingreso de la manada de agentes, la policía interna alegó (cumpliendo con su deber) que su actitud no era compatible con el orden universitario. Es decir, argumentaron, no golpearon ni insultaron. Termina aquí Rojas “… lo que a la postre generó una situación lamentable, debido a la intervención de profesores y estudiantes que, bajo el argumento de la autonomía universitaria, exigían de manera violenta que nuestro oficiales salieran del lugar, como si se tratara de un territorio soberano”. Concede Rojas que estudiantes y profesores tenían también un argumento (defendible, como hemos visto), no precisa la materialidad de su violencia (se mentaba a progenitores, les coreaban “gorilas”, los agredían con porras y machetes, etc.) y, sin haber estado ahí ni hacer ningún sondeo, afirma que ellos traducían “autonomía” como “extraterritorialidad”. Si el Jefe Policial razona de esta forma en un artículo que escribe (o le escriben) en la tranquilidad de su despacho, es posible imaginar como “razonarán” policías rasos y fiscales energumenizados porque su ineptitud los lleva a un sudoroso fracaso.

    Evitando mencionar que el operativo policial-judicial original fracasó sin que en ello tuviera ninguna responsabilidad sector universitario alguno, el Director del OIJ es tajante al enfatizar que considera enteramente improcedente coordinar con la autoridad universitaria o solicitar autorizaciones porque ello ‘burocratiza la investigación, retrasa la operación policial cuando ella debe ejecutarse con el mayor recato, agilidad y rapidez posible para llegar a culminar satisfactoriamente”. No menciona que sus agentes ni fueron recatados ni ágiles ni rápidos y que su pereza mental y mentalidad burocrática hicieron de lo que pudo ser una anécdota un escándalo que lesiona al OIJ, al Ministerio Público y a la Universidad. Esto, sin contar los heridos.

    Para terminar de sacarla del estadio, el señor Rojas considera “importante tener presente que al artículo 197 del Código Procesal Penal autoriza incluso el allanamiento sin orden (sic) cuando “Se introduzca en un local algún imputado de delito grave a quien se persiga para su aprehensión””. Primero, el lapsus pintoresco. En efecto podría hablarse de allanamiento desbocado (sin orden), pero el Jefe Policial se refiere a “sin orden judicial”. La norma dice “algún imputado de delito grave”. Se corría tras un sospechoso de haber extorsionado veinte mil colones aprovechándose de su cargo policial. En Costa Rica extraoficialmente no se investigan delitos si su monto no excede los 250 mil colones. Hasta esa cifra se los considera “bagatelas”. Pareciera que una ‘bagatelita minúscula’ (20.000 colones) no amerita el calificativo de “delito grave”. Y conste que el Jefe del OIJ es abogado. Mejor que no litigue.

   El Jefe Policial termina su alegato declarando que fiscales y policías actuaron enteramente a derecho (asunto polemizable) y que, por ello, fue la policía universitaria y algunos estudiantes y profesores quienes ilegalmente impidieron la acción policial (el Correcaminos fue detenido, finalmente, de modo que esta versión es enigmática). Termina proclamando que su Policía volverá a hacer lo que hizo para impedir que ‘delincuentes’ (ya no sospechosos) escapen de la aplicación de la justicia.

   Sobre la participación de un escuadrón de choque que reforzó a su gente y la violencia brutal contra estudiantes ni una palabra. Como afirma: su policía volverá a hacer lo mismo.

   Una sola observación jurídica y cultural: el Estado de derecho tiene como correlato poblacional a la ciudadanía. Ésta tiene derechos humanos. En Costa Rica la policía no tiene potestad legal para realizar su oficio utilizando violencia desproporcionada, es decir brutalidad, contra la población. Esto vale para la Universidad de Costa Rica y los ciudadanos que la habitan, las poblaciones de inmigrantes indocumentados o legales y despreciados y las “zonas peligrosas” a las que la policía no ingresa porque asume que sería una provocación. El señor Rojas todavía no ha calificado a la UCR de “zona peligrosa”. Pero si no lo despiden, intentará hacerlo. Ciertas personalidades, no necesariamente Rojas, inventan desafíos y rebeldías cuando quieren pegar palos.

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     Referencia: Jorge Rojas Vargas: "Fronteras inexistentes", en La Nación (periódico), p. 56A, 25, abril, 2010, San José de Costa Rica.

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26-04-2010.